Desde el Primero de Junio los Medicamentos deben contar con número IUM

Descargue acá la Resolución 3166 de 2015 y  la RESOLUCIÓN 5261 DE 1994 por las cuales los Medicamentos deben contar con número IUM desde el 01 de Junio de 2016 como requisito del INVIMA, así que el  importador al solicitar un visto bueno para Medicamentos cuyo Registro Sanitario fueron emitidos a partir del 01 de Junio de 2016 y Medicamentos Vitales no Disponibles cuya Autorización de Importación se emitió a partir del 01 de Junio de 2016; de esta forma deberá relacionar en el campo de la solicitud de importación “Descripción de la mercancía “ en la casilla 44, adicional al número de Registro Sanitario o Autorización de Importación, el número IUM expedido en dicho acto administrativo y a partir del 1 de agosto de 2016 será causal de negación si no se relaciona.

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